jueves, 10 de junio de 2021

Desarrollaro Urbano Ambiental Sustentable Balneario Sauce Grande

 Monte dio los primeros pasos para el desarrollo del 

Plan Urbano Ambiental Sustentable para Sauce Grande

Días atrás, y por unanimidad, se aprobó la Ordenanza N° 2938 destinada a preservar 

la identidad paisajística, el valor turístico y cultural del balneario Sauce Grande, por lo 

que suspende la aprobación de los expedientes de construcción en la Sección "J", 

hasta tanto estén dadas las condiciones de accesibilidad y obras de saneamiento 

necesarias para el desarrollo urbano en dicha área. 

En el marco del “Plan de Desarrollo Urbano Ambiental Sustentable para Sauce 

Grande”, la ordenanza especifica que “la Ley Provincial N°12.704 en sus artículos 4° y 

5° faculta a los Municipios a determinar zonas como paisaje protegido de interés

provincial”.

Mientras que la Ley N° 8912, que rige el ordenamiento del territorio de la Provincia de 

Buenos Aires, establece en su artículo 101 que “todo parcelamiento originado en 

planos aprobados con anterioridad a la presente ley, que carezca de las condiciones 

de saneamiento y servicios de agua corriente o cloacas exigidos para el adecuado 

asentamiento poblacional, queda sujeto a las restricciones para el uso que implica la 

prohibición de erigir edificaciones hasta tanto se cumplimenten las condiciones de 

saneamiento o infraestructuras necesarias”.

De esta manera, mientras se inician los trabajos para delimitar la Línea de Ribera que 

separa las tierras fiscales de las privadas en zonas aledañas al mar, “el Poder 

Ejecutivo establecerá las parcelas o zonas afectadas por la restricción y la 

Municipalidad, en concordancia, podrá denegar la aprobación de planos e impedir la 

edificación, hasta tanto se efectúe la certificación de los organismos provinciales 

competentes que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas”.

La flamante ordenanza también autoriza “al Departamento Ejecutivo realizar los 

estudios que considere necesarios para establecer una normativa que redefina los 

usos y ocupación a permitir en el futuro en dicha Sección y zona complementaria 

adyacente”; además de elevar un proyecto dirigido a la OPDS (Organismo Provincial 

para el Desarrollo Sostenible) para declarar a la Sección "J" del Balneario Sauce 

Grande, Zona Especial Ambiental”.

Y se suma a ésta, la Ordenanza N° 2939 aprobada también por unanimidad el 1° de 

junio de 2021 que suspende por el término de 180 días la aprobación “de los 

expedientes de construcción en lotes de las Secciones G, H y F correspondientes a 

una franja de 1 manzana paralela al mar, sobre la línea costera y los lotes al sur de las 

manzanas lindantes” hasta la realización de los estudios por parte del Ejecutivo “que 

considere necesarios para realizar una normativa que redefina los usos y permisos de 

ocupación en el futuro para dicha zona”.





www.montehermoso.gov.ar/prensa/imagenes/aereasaucegrande.jpg

Fuente: Secretaría de Prensa Monte Hermoso 

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