Monte dio los primeros pasos para el desarrollo del
Plan Urbano Ambiental Sustentable para Sauce Grande
Días atrás, y por unanimidad, se aprobó la Ordenanza N° 2938 destinada a preservar
la identidad paisajística, el valor turístico y cultural del balneario Sauce Grande, por lo
que suspende la aprobación de los expedientes de construcción en la Sección "J",
hasta tanto estén dadas las condiciones de accesibilidad y obras de saneamiento
necesarias para el desarrollo urbano en dicha área.
En el marco del “Plan de Desarrollo Urbano Ambiental Sustentable para Sauce
Grande”, la ordenanza especifica que “la Ley Provincial N°12.704 en sus artículos 4° y
5° faculta a los Municipios a determinar zonas como paisaje protegido de interés
provincial”.
Mientras que la Ley N° 8912, que rige el ordenamiento del territorio de la Provincia de
Buenos Aires, establece en su artículo 101 que “todo parcelamiento originado en
planos aprobados con anterioridad a la presente ley, que carezca de las condiciones
de saneamiento y servicios de agua corriente o cloacas exigidos para el adecuado
asentamiento poblacional, queda sujeto a las restricciones para el uso que implica la
prohibición de erigir edificaciones hasta tanto se cumplimenten las condiciones de
saneamiento o infraestructuras necesarias”.
De esta manera, mientras se inician los trabajos para delimitar la Línea de Ribera que
separa las tierras fiscales de las privadas en zonas aledañas al mar, “el Poder
Ejecutivo establecerá las parcelas o zonas afectadas por la restricción y la
Municipalidad, en concordancia, podrá denegar la aprobación de planos e impedir la
edificación, hasta tanto se efectúe la certificación de los organismos provinciales
competentes que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas”.
La flamante ordenanza también autoriza “al Departamento Ejecutivo realizar los
estudios que considere necesarios para establecer una normativa que redefina los
usos y ocupación a permitir en el futuro en dicha Sección y zona complementaria
adyacente”; además de elevar un proyecto dirigido a la OPDS (Organismo Provincial
para el Desarrollo Sostenible) para declarar a la Sección "J" del Balneario Sauce
Grande, Zona Especial Ambiental”.
Y se suma a ésta, la Ordenanza N° 2939 aprobada también por unanimidad el 1° de
junio de 2021 que suspende por el término de 180 días la aprobación “de los
expedientes de construcción en lotes de las Secciones G, H y F correspondientes a
una franja de 1 manzana paralela al mar, sobre la línea costera y los lotes al sur de las
manzanas lindantes” hasta la realización de los estudios por parte del Ejecutivo “que
considere necesarios para realizar una normativa que redefina los usos y permisos de
ocupación en el futuro para dicha zona”.
www.montehermoso.gov.ar/prensa/imagenes/aereasaucegrande.jpg
Fuente: Secretaría de Prensa Monte Hermoso
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