Por decreto Presidencial número 721/20 se estable el cupo laboral travesti trans, la norma establece que al menos el 1 % de los puestos laborales sean ocupados por personas travestis, transexuales, transgénero, que reúnan las condiciones de idoneidad.
Hoy es un día muy importante para el colectivo, no solo por el reconocimiento del derecho sino por la posibilidad de ejercerlo, ya que define las condiciones de acceso a lugares de trabajo dignos que antes no tenían ninguna oportunidad.
Nuestra Constitución Nacional e instrumentos Internacionales reconocen que todas las personas gozan de derechos básicos como salud, seguridad social, alimentación vivienda, trabajo, educación etc. En general las personas de éste colectivo tienen alta vulnerabilidad, las expectativas de vida son muy limitadas (35 a 40 años), condicionadas por barreras de discriminación, precariedad para la atención sanitaria acorde a cada necesidad, desamparo, exclusión y desempleo entre otros.
En tal sentido, el decreto establece medidas de acción positiva con el objetivo de comenzar a reparar las vulneraciones que se han cometido históricamente contra las personas travestis, transexuales y transgénero en nuestro país, entre las que se propicia una aplicación de la Ley N° 25.164 respetuosa de los derechos humanos de este colectivo.
Para Argentina hoy el ejercicio de los derechos humanos de las personas travestis, transexuales y transgénero hace a la construcción de una sociedad más igualitaria.
Texto del decreto seguir el link https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/234520/20200904
No hay comentarios.:
Publicar un comentario